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Resolución AFIP 3571/13

Conocé la información a aportar a la AFIP sobre titular y usuario del servicio de gas, propietario del inmueble y nomenclatura catastral.

Litoral Gas S.A. informa a sus Clientes que a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10 de la citada Resolución, a partir del 01/04/2014 deberá aportar a dicho organismo recaudador datos referidos al titular y usuario del Servicio Público, propietario del inmueble y su nomenclatura catastral, entre otra información requerida por AFIP, a completar por los Clientes de la Distribuidora.

 

Copia de tal información será resguardada por Litoral Gas S.A. (Luis C. Carballo 183 - 2° piso - S2013CTT - Rosario - Santa Fe), permitiendo a los Clientes ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión de datos, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 6 de la Ley 25.326.

 

Para consultar la Res.Gral.AFIP 3571/13 haga click aquí.

Para completar los datos requeridos por AFIP, descargá aquí el formulario, complétalo y envialo por correo postal o presentalo personalmente en cualquiera de las sucursales de Litoral Gas.

 

Importante: Si utilizás el servicio y NO es el titular ante Litoral Gas, deberás tramitar el cambio de titularidad en cualquiera de las sucursales de Litoral Gas.

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